El pasado mes de octubre, el Consejo de Ministros aprobó un proyecto de ley que reforma la ley de Costas y en donde cambian las condiciones para los propietarios de los chiringuitos de la playa. Nuestros colaboradores EVOLUTIZA ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS les explican cuáles son las nuevas condiciones para continuar desarrollando la actividad empresarial.
Desde EVOLUTIZA ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS informan que la documentación que se debe aportar a la Delegación Provincial de la Consejería de Medio ambiente para obtener una nueva concesión es la siguiente:
• Documentación acreditativa de la identidad del solicitante: DNI, escritura de constitución de la entidad, y/o poder del firmante de la solicitud, o acreditación suficiente de la representación con que se actúa.
• Resguardo acreditativo de la constitución de la fianza provisional, por el importe del 2 % del presupuesto total de las obras a realizar en el dominio público marítimo-terrestre.
• Proyecto Básico (o Proyecto de construcción) en el que se fijarán las características de las instalaciones y obras, suscrito por técnico competente.
• Planos
1. Fotografía aérea en color de la zona y fotografía normal del terreno.
2. Presupuesto con la valoración de las unidades de obra y partidas más significativas.
3. Estudio económico-financiero
Si las actividades proyectadas contienen previsiones de actuación en el mar o en la zona marítimo-terrestre, se aportará como anejo a la memoria, un “estudio básico de la dinámica litoral”.